El campo de la suicidología se enfrenta a un desafío fundamental: la falta de claridad conceptual. Términos como intento suicida, autoinjuria, parasuicidio o gesto suicida se utilizan con frecuencia como sinónimos, cuando en realidad hacen referencia a situaciones clínicas muy distintas, con implicancias terapéuticas diversas.
El suicidio, en sentido estricto, implica la intención de morir. La definición propuesta por el DSM-5 señala que un intento suicida es una secuencia de conductas autoinducidas, iniciadas con la expectativa de morir. La OMS lo refuerza: debe haber deseo de morir, conciencia de la posible letalidad del acto y autoinfligencia.
Sin embargo, en la práctica clínica muchas veces se diagnostica como «intento suicida» a personas que han realizado conductas autolesivas sin intención letal, como cortes superficiales o ingestas leves. Esta confusión no es menor: puede llevar a intervenciones innecesarias, incluso iatrogénicas, como internaciones injustificadas o sobrediagnósticos.
El DSM-5, en un esfuerzo por ordenar este panorama, propone dos entidades diferenciadas: el «trastorno por conducta suicida» y las «autoinjurias no suicidas». Estas últimas se caracterizan por actos autoinfligidos, repetitivos, de bajo riesgo médico, realizados para aliviar un malestar emocional. Son frecuentes en la adolescencia y no necesariamente implican un trastorno psiquiátrico grave.
¿Por qué es importante esta diferenciación? Porque el abordaje terapéutico no puede ser el mismo. Frente a una conducta suicida, la intervención debe orientarse a proteger la vida. En cambio, ante una autoinjuria no suicida, el eje estará puesto en la regulación emocional y el fortalecimiento de recursos personales.
Como profesionales de la salud mental, necesitamos afinar nuestra capacidad diagnóstica y comprender que no toda conducta autoagresiva es un intento suicida. Nombrar con precisión no solo permite intervenir mejor: es, también, una forma de cuidar.